dijous, 9 de febrer del 2012

Recolocabilidad


Nuevos criterios de riesgo

Atras han quedado los tiempos en que las Cajas y Bancos aplicaban criterios de riesgo basados en aspectos de endeudamiento, laborales y económicos, al estudiar la concesión de un crédito destinado a la compra de una vivienda.
Si ya era complicado superar los requisitos de las Cajas y Bancos, ahora entra en juego un nuevo elemento de decisión. Ya no es suficiente que tengas un trabajo fijo y de cierta antiguedad, que la capacidad de reembolso sea la adecuada (no exceder el 35% de los ingresos familiares para la cuota del crédito), que no se solicite un crédito que supere el 75-80% de la tasación. 
Ahora debemos añadir un nuevo criterio que bien podríamos denominar RECOLOCABILIDAD.
Si la entidad de crédito considera que, en caso de embargo, la vivenda se haya en una zona con exceso de oferta o con una demanda muy débil, nos quedamos sin financiación. Por muy buenos que sean el resto de ratios de riesgo,  hemos de comprar nuestra vivienda en una zona ¡que le parezca a la entidad que, en caso de impago, pueda desprenderse fácilmente de ella!

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